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Gestionar el patrimonio desde la legislación vigente

9 de septiembre de 2016

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En su afán de concientizar sobre la importancia de la preservación y la recuperación del patrimonio, los especialistas del Plan Maestro explican en el seminario a quienes optan por ser cuentapropistas (cada miércoles por la mañana en el otrora Palacio Conde Cañongo de la Plaza Vieja) la responsabilidad de gestionar la Zona Priorizada para la Conservación (ZPC) y la legislación que apoya esa labor.
Recordó Pablo Fornet, el vicedirector del Plan Maestro en el primer encuentro de ese tipo, que desde 1981, cuando se puso en marcha el Primer Plan Quinquenal de Restauración, un grupo de instituciones encabezadas por el Ministerio de Cultura y la Oficina del Historiador, se dieron a la tarea de recuperar este patrimonio excepcional. A lo largo de la década de 1980 unos 60 inmuebles fueron recuperados, se levantaron los primeros edificios para viviendas, comenzó la reanimación de las plazas principales, y se peatonalizó la calle Obispo, entre otras acciones.
En 1993 se le otorgaron facultades especiales a la Oficina del Historiador para liderar la rehabilitación de la ZPC –continuó– para lo cual se conformó una estructura institucional capaz de gestionar el proceso de forma integral. Se creó un sistema empresarial encargado de gestionar los recursos financieros. Otras entidades pusieron en marcha un intenso programa cultural, social y ambiental. Y el Plan Maestro se encargó de la planeación y la gestión urbana, incluyendo la elaboración de algunos trámites.
En la actualidad la Oficina del Historiador, explicó Fornet, trabaja de manera coordinada con los gobiernos municipales de La Habana Vieja y de Centro Habana, así como con otras instituciones, ya sean territoriales o sectoriales, para garantizar la preservación del patrimonio, la funcionalidad urbana y el mejoramiento de la calidad de vida de los residentes.
¿Sobre qué legislación se apoya este trabajo? Para responder a esta interrogante, en el seminario a los cuentapropistas se explicó que las primeras leyes cubanas dictadas luego de la Constitución de 1976 fueron, precisamente, la Ley No. 1 “del Patrimonio Cultural” y la Ley No. 2 “de los Monumentos Nacionales y Locales”, a lo cual siguió, en 1978, la declaratoria al centro histórico de la ciudad de La Habana de Monumento Nacional.
Luego, en 1993, el Decreto Ley 143 “sobre la Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana” que otorgó facultades especiales a esta entidad para poner en marcha un nuevo modelo de gestión, incluyendo competencias en relación con los “permisos para obras y usos” en la ZPC.
Y enumeró el vicedirector del Plan Maestro una serie de legislaciones concernientes al Centro Histórico: “En 1995 se declaró como Zona de Alta Significación para el Turismo, con lo que se adoptaba allí un régimen especial en relación con la Vivienda. En el año 2011, el Decreto Ley 283 actualizó las atribuciones de la Oficina del Historiador y estableció regulaciones especiales para el tratamiento del Trabajo por Cuenta Propia (TCP) dentro de la ZPC. Las Resoluciones 41 y 42 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regulan el TCP a nivel del país, y la Resolución 394 del Ministerio de Finanzas y Precios establece quiénes y las cuantías que deben pagar los TCP en la ZPC”.

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